¿Te han puesto una multa por hablar por el móvil mientras conducías, por manipular el navegador o contestar un “whatsapp” cuando te encontrabas parado en un semáforo?
En AEA disponemos de un Departamento Jurídico que revisará la denuncia impuesta, te asesorará y formulará los recursos administrativos que procedan.
En la actualidad, la Ley de Seguridad Vial considera infracción grave conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación, así como, conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención permanente a la conducción. Estas infracciones se sancionan con multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos.
Coste de una multa por usar el móvil
No obstante, ante el incremento de los accidentes provocados por las distracciones al volante, principalmente por el uso del móvil, la DGT quiere endurecer las sanciones por este motivo.
¿Se perderán 4 o 6 puntos del carnet?
Según ha anunciado el Director General de Tráfico, Pere Navarro, la utilización de dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce se sancionará con la pérdida de 4 puntos del carnet, sin embargo en el borrador del anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley de Seguridad Vial -y que se prevé entre en vigor en 2019-, esta pérdida se fija en 6 puntos.
¿Se reducirán los accidentes por el uso del móvil con el endurecimiento de las sanciones?
Para AEA el endurecimiento de las sanciones no es la solución ya que el aumento de los accidentes de tráfico causados por el uso del móvil es un problema que no lo deben resolver las multas sino la tecnología.
Así de la misma manera que se toleró el uso del móvil mediante el sistema manos libres en el año 2002 y con ello las empresas de telefonía ganaron mucho dinero, ahora es esta propia industria la que tiene que resolver este problema provocado por su propia tecnología. En nuestra opinión, debería ser el propio teléfono el que dejase de funcionar automáticamente una vez que detectase que el coche está en movimiento.
AEA resuelve tus dudas sobre multas por conducir con el móvil
Recurrir multa dudosa por conducir mirando el móvil ¿es legal?
He recibido una multa de la policía local del pasado 25 de febrero en la cual aparece lo siguiente: utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio de sistema de comunicación que requiera de intervención manual del conductor, con una sanción de 200 euros y tres puntos de carné. No se me notificó en el acto, por el motivo: agente presta otro servicio. El caso es que se trata de un coche familiar que es usado por cuatro personas, ¿está en la obligación el propietario de identificar al conductor sin saber quién es, no se puede alegar que corresponde al denunciante, el probar culpabilidad alguna sobre el infractor? Además, alegando que el coche posee bluetooth incorporado y que por lo tanto el uso hablando por el móvil no sólo no es real, y no existe una prueba documental si no que lo único que pudo ver tal agente es aceptando dicha llamada para posteriormente ser contestada a través del dispositivo que marca la ley de tráfico. Entiendo que el agente no tiene prueba documental, ya que según aparece en la denuncia aparece como prestando otros servicios. Patricia.
AEA RESPONDE
Multas por conducir hablando con tu teléfono móvil. Esa denuncia es inválida porque no cumple los requisitos establecidos en el Art. 89 de la Ley de Seguridad Vial respecto de las causas que permiten notificar las denuncias sin parar al conductor en el momento de cometerse la infracción, ya que el hecho de que el agente estuviera prestando otro servicio no es legalmente un motivo que justifique la no detención del supuesto infractor.
Multa por usar el móvil en un semáforo
Parado en un semáforo, detrás de otro coche, miré un segundo la pantalla del teléfono móvil con tan mala suerte que justo a mi lado había un policía municipal en moto. En el momento me indicó que parase y me puso una multa por usar el móvil, por manipular el teléfono, con la consabida detracción de puntos. ¿Cómo pueden hacer esto? Estaba con el vehículo parado y en ningún momento lo manipulé, sólo lo miré como se hace con la radio. ¿Tengo alguna posibilidad de que la multa se anule?
AEA RESPONDE
La Ley de Seguridad Vial reconoce que las denuncias formuladas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tienen presunción de veracidad, si bien admite prueba en contrario que tú tendrías que aportar, o solicitar en el momento de hacer alegaciones. Entre ellas podrías aportar la facturación telefónica del día de la denuncia para acreditar que tú no estabas llamando a nadie, pero quedaría la acreditación de que en ese momento tampoco recibiste ninguna llamada. Si eso te lo puede acreditar tu operador telefónico, perfecto, pero si no la situación se te va a complicar.
Hola, leyendo los casos veo que somos unos muchos los que nos ha pasado lo mismo con multa por conducir con el móvil: en mi caso ir conduciendo «comiendo una manzana» y veo por la ventanilla izquierda que está un guardia civil en moto y pone la luz y me hace seña que me ponga a la derecha y otro detrás, me hacen parar y se acerca uno a decirme que no debo ir con el móvil mientras conduzco y me pide el carnet de conducir, le digo que estaba con la manzana, se fue sin decirme nada más con el otro colega y veía que estaban en una moto apuntando algo y al rato viene el otro guardia civil (no el que me pidió el carnet) y me dice que tengo 20 días para pagar con reducción o sino son 200€, le digo vale y responde chulescamente «¿qué has dicho?» a lo que respondo que perfecto y quedó ahí todo. Es más, no podemos ni siquiera espetarles algo al respecto que encima te pueden buscar cualquier otra cosa para imponer una multa. Luego seguí circulando en la autovía y los pocos km veo que uno de los guardias tenía parado a otro coche, que seguramente sería por lo mismo con su respectiva multa. He llamado a mi aseguradora porque tienen servicio de recurso de multas y me dijo que puede recurrir indicando lo que ellos estimen oportuno negando la infracción u otra cosa, eso le va a llegar al mismo agente que multó y si se ratifica el órgano regulador lo toma como «verdad absoluta» y no hay más que se pueda hacer. Su palabra va a misa y la nuestra no vale nada. ¿En realidad no podemos hacer nada al respecto? Es decir, ¿lo que un agente diga es la verdad absoluta? En fin, como mucho me tocará pagar la multa y quedarme como tonto.
Veo que no soy el único que sufre el accionar de la Guardia Civil que asevera que al sobrepasarme en una autopista, yo estaba «manipulando» el teléfono móvil a la altura del volante, caso que es totalmente falso. Es mas, el coche de la Guardia Civil me sobrepasó y se puso delante mío, a unos 50 metros de distancia durante varios kilómetros, sin hacerme ninguna señal de parar, hasta que alcanzamos un pequeño túnel que desemboca en una salida, momento en el cuál el vehículo policial prácticamente frenó en seco y encendió las luces del techo, mientras el que viajaba como copiloto sacaba las manos por la ventana y hacía señas hacia la salida. Seguí al vehículo, que a los 100 metros literalmente se cruzó en la calzada aunque yo ya había salido al arcén. Cuando el/la agente se bajó de muy mala forma me dijo que yo iba usando un móvil. Al responderle que era falso me dijo que además, como lo negaba me iba a poner otra multa porque cuando cruzamos el túnel yo no había encendido las luces, cosa que es cierta, pero que se debió a las maniobras del coche policial que me distrajeron. ¿Qué se puede hacer para probar que no tienen razón? ¿Lleva ese vehículo alguna cámara que pueda demostrar que yo manipulaba un móvil? ¿o es su palabra contra la mía?
Buenas, me han parado alegando que conducía usando el móvil, lo que es totalmente falso, no uso ni he usado el móvil mientras estoy en el coche, ¿cómo puede demostrar la Guardia Civil el hecho si no fue así? ¿es su palabra contra la mía? ¿estoy indefenso ante tal denuncia? muchas gracias.
Me ha parado la guardia civil para ponerme una multa porque dicen que me han visto manipular el movil, pero llevo manos libres de serie en el coche y no sé si he movido las manos de alguna forma pero no he tocado el movil o yo al menos no lo creo, de hecho estaba haciendo una llamada que me saltó el contestador y le enseñé que llevaba el bluetooth en el movil y este iba puesto delante en un iman al lado del volante, ¿puedo recurrir la multa demostrando de alguna forma que la llamada fue realizada desde el coche? ¿con algún historia de navegación?
Gracias
He recibido una multa de la policía local del pasado 5 de julio en la cual aparece lo siguiente: utilizar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro medio de sistema de comunicación que requiera de intervención manual del conductor, con una sanción de 200 euros y tres puntos de carné. No se me notificó en el acto, por el motivo: agente presta otro servicio. ¿Como puedo reclamar? Gracias
Hola Vanesa,
Te enviamos el enlace de la Asociación por si deseas asociarte y que los servicios jurídicos de AEA estudien tu caso concreto y te asesoren. http://aeaclub.org/asociate/
La asesoría jurídica es gratuita para socios y la puedes utilizar todas las veces que lo necesites.
Si, de momento, sólo deseas resolver esta consulta puntual, sin asociarte, puedes utilizar el servicio «CONSULTA EXPRESS». http://aeaclub.org/consulta-express/
Un cordial saludo.
Hola, a mi madre la multaron de copiloto por no llevar el cinturón. Es una persona mayor de casi 80 años. Acababa de venir del Hospital, venía mareada y al final que ni el familiar le puso el cinto.
¿Que posibilidades hay de ganar aquí? Porque si no hay posibilidades es mejor pagarla que que te pongan recargo.
¿ES LEGAL UNA MULTA SIN PARAR EL VEHÍCULO?
He recibido una multa de la policía local por utilizar conduciendo el teléfono móvil, con una sanción y puntos de carné. No me pararon ni notificaron en el acto, Gracias.
Hola Lucas, si deseas asociarte y que los servicios jurídicos estudien tu caso y te ayuden a defender tus derechos realizando los recursos administrativos que procedan puedes hacerlo desde este enlace: http://aeaclub.org/asociate/ La asesoría jurídica es gratuita para socios y la puedes utilizar todas las veces que lo necesites.
Si solo quieres resolver tu consulta concreta, sin asociarte, puedes utilizar el servicio «Consulta Express» https://aeaclub.org/consulta-express/ Nos pondremos a la mayor brevedad en contacto contigo. Un cordial saludo.
Hombre, aunque no hagas ni recibas ninguna llamada tampoco puedes manipular el dispositivo. Es como si te pones a jugar a un videojuego, no es solo llamar lo que está prohibido… Y un semáforo no es lo mismo que pararse a un lado, pues no depende de ti la reanudación de la circulación, sino de un factor externo (semáforo).