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¿QUÉ PLAZO HAY PARA RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR?
- “Tengo el carnet caducado ¿Cuánto tiempo tengo para renovarlo?»
- “Me caduca mañana el carnet de conducir y querría saber si tengo un plazo para poder conducir con él caducado sin ser multado en plan 1 mes, 15 dias… ¿o lo tengo que renovar en el momento?»
- “Si renuevas el carnet de conducir un mes antes de caducar ¿en el nuevo carnet pierdes un mes?”
- “Tengo el carnet conducir caducado hace 2 años ¿Puedo renovarlo sin multa?»
- “Tengo varios permisos de conducir (para conducir motos, turismos y camiones), que caducan en fechas diferentes. Mi pregunta es la siguiente: Si renuevo el carnet ¿puedo seguir utilizando el anterior debido a que algunas fechas aún no han caducado, o solamente puedo utilizar el nuevo? “
- “Me saqué la licencia de conducir ciclomotores hace 20 años, pero jamás lo usé y no lo renové (además lo perdí en un incendio). Ahora lo necesito ¿lo puedo renovar en un centro de renovación o tengo que ir a tráfico?”
- “Me saqué el carnet en España con 20 años. Luego me fui a Venezuela y no lo renové más. Ahora tengo 57 ¿Tengo posibilidad de recuperar el carnet español? ¿A dónde debo dirigirme?»
El carnet de conducir lo puedes renovar en cualquier momento, pero mientras no lo renueves no estás autorizado a conducir. Si lo haces y te pillan te pueden sancionar con una multa de 200€
Aunque esté caducado, al renovarlo no te van a poner ninguna multa ni te tienes que examinar de nuevo. Sólo tienes que acudir a un Centro de Reconocimiento médico de Conductores, de cualquier comunidad autonóma (aunque no sea en la que resides habitualmente), pagando la tasa y el reconocimiento médico.
El permiso de conducir se puede renovar con tres meses de antelación a la fecha de su caducidad, sin que por ello se pierda antigüedad ni se adelante su caducidad.
En el Centro de Reconocimiento de Conductores te entregarán una autorización provisional para poder conducir durante tres meses, hasta que recibas en tu domicilio, por correo ordinario, tu permiso de conducir renovado, remitido por la DGT. (La autorización provisional sólo te vale para conducir en España, no vale para conducir por el extranjero).
VIGENCIA DEL CARNET DE CONDUCIR
El permiso de la clase B tiene un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años. Es decir, que será renovado hasta los 70 años.
El permiso de conducción de las clases BTP, C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tiene un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de tres años a partir de esa edad.
Estos períodos se pueden reducir si padeces alguna enfermedad o deficiencia que limite la conducción.
TENGO EL CARNET CADUCADO HACE AÑOS: ¿TENDRÍA QUE VOLVER A EXAMINARME?
- “Tengo el carnet caducado desde hace más de 10 años ¿para renovarlo debo volver a examinarme?”
- “Mi pareja se sacó el carnet en 1992 y nunca lo llegó a renovar por circunstancias… Ahora lo necesita. ¿Tendría que examinarse de nuevo?”
- “Hoy revisando mi documentación he visto que tengo mi permiso de conducir B1 caducado desde hace más de 2 años, ya que no conduzco, ¿lo puedo renovar o tengo que volver a examinarme?”
Tu carnet caducado lo puedes renovar cuando quieras, sin tener que examinarte de nuevo. Lo único que tienes que hacer es pasar el reconocimiento médico.
La tasa y el trámite es el mismo que si no estuviera caducado.
CUMPLO 70 AÑOS EL MISMO DIA QUE ME CADUCA EL CARNET DE CONDUCIR. SI LO RENUEVO UN DIA DESPUES PARA NO PAGAR TASA ¿PASA ALGO?
El carnet de conducir se puede renovar con una antelación de tres meses. Por el hecho de que te anticipes no perderás ni periodo de vigencia ni tendrás que pagar la tasa, ya que los efectos de la renovación son a partir de que cumples los 70 años.
Si lo dejas caducar y conduces, aunque sólo sea un día, sí podrías ser sancionado.
A partir de 70 años, la renovación es por 5 años en lugar de 10 años.
¿PUEDO RENOVAR EL CARNET EN OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA?
- “Estoy de vacaciones y me caduca el carnet de conducir ¿puedo renovarlo en otra comunidad autónoma?»
El permiso de conducir puede ser renovado en cualquier comunidad autónoma (aunque no sea en la que resides habitualmente). Sólo debes acudir a un Centro de Reconocimiento médico de Conductores, pagando la tasa y el reconocimiento médico.
TENGO LOS CARNET C,C1, BTP CADUCADOS PORQUE AHORA NO CONDUZCO CAMIONES ¿SI NO LOS RENUEVO LOS PIERDO?
- “Tengo el carnet C, C1 y BTP caducados, pero solo uso el B1 desde hace años. Si no los renuevo ¿los pierdo?”
- “Tengo el carnet del C1 caducado y el B1 del coche vigente, pero normalmente ya no conduzco nada más que el coche y no camiones. ¿me pueden multar aunque no conduzca camiones por tener ese carné caducado?”
- “Tengo mi permiso C de camión caducado, la verdad que me lo saqué por si algún día podría necesitarlo y porque necesitaba un trabajo, en fin, este nunca surgió…la cosa es que me ha caducado y por motivos económicos lo he dejado aparcado. Tengo algún plazo para renovarlo?”
- “Era taxista y ahora tengo una pensión para mi profesión habitual. Me cumple en BTP y el C ¿puedo renovarlos, o los pierdo si no lo hago?”
- “Tengo el C+E y me va a caducar, pero no lo utilizo en este momento. Independientemente del CAP (Certificado de Aptitud Profesional), si en un futuro quiero renovar el C+E, ¿necesito hacer otro examen?»
- “Después de mi última renovación de carnet, hace 10 años, me caduca el permiso A y B y tengo el BTP, C y D sin renovar desde hace 5 años. La duda es si tengo que renovar todos para no perderlos o puedo sólo renovar el A y el B, que son los que uso. “
- ¿Se puede obtener/renovar el CAP con el permiso de conduccion caducado?»
Si no conduces un vehiculo para el que se exija el carnet que te ha caducado, no te pueden sancionar.
El carnet no lo pierdes. Cuando quieras volver a conducir ese tipo de vehiculos solo tienes que renovarlo y ponerte al día con los cursos de Capacitación Profesional (CAP) o de Transportes de mercancias peligrosas.
RETIRADA JUDICIAL DEL CARNET
- “Tengo retirado el carnet. Cuando me lo devuelvan estará caducado ¿Puedo renovarlo antes para tener ya el psicotécnico sacado?”
- “Me sancionaron un año sin carné. Ya me lo devolvieron y me caduca dentro de dos meses, pero no he hecho el curso de sensibilización -creo que es obligatorio-. ¿Puedo renovar el carné antes de que me caduque sin hacer el curso? ¿me lo van a renovar advirtiéndome de que si no hago ese curso me pueden sancionar? ¿O ni siquiera me lo van a renovar antes de hacerlo? “
- “Tengo el carnet B1 caducado desde 2016. El problema es que tengo que realizar también un curso de reeducación vial de 24 horas. Mi pregunta es, tras realizar este curso ¿no habría problema en renovar el permiso automáticamente? Asimismo, me piden el saldo de puntos (que entiendo no lo puedo sacar al estar caducado) o sentencia como documentación a aportar para acceder al curso de reeducación, tampoco tengo la sentencia. ¿como podría solventar esto?”
Durante el tiempo que tengas retirado el derecho a conducir por sentencia judicial no puedes renovar el permiso de conducir, ni tampoco lo puedes renovar sin haber hecho previamente un curso de sensibilización vial.
No obstante, si puedes ir haciendo el reconocimiento médico necesario, pero ten en cuenta que éste tiene una validez de tan solo 90 días.
Si te han retirado el carnet por tiempo igual o inferior a dos años para volver a conducir deberás acreditar haber superado con aprovechamiento, el curso de sensibilización y reeducación vial, el cual puedes ir haciéndolo durante el tiempo de la condena. Este curso tiene una duración de 24 horas.
Si no realizas el curso,una vez cumplida la condena, te arriesgas a una multa de 200€, cada vez que te paren conduciendo, por conducir sin cumplir los requisitos reglamentariamente exigidos, igual que si tuvieras el carnet caducado.
Si la retirada judicial del carnet es por más de dos años pierdes definitivamente la vigencia del carnet o licencia y, además de hacer el curso de sensibilización, tienes que examinarte de nuevo.
El nuevo permiso tendrá un saldo de tan solo 8 puntos.
Por ello, si estás inmerso en un proceso judicial por un delito de seguridad vial, acude a un abogado experto para que la pena no supere ese plazo de privación del carnet de dos años.
¿PUEDO CONDUCIR CON EL JUSTIFICANTE PROVISIONAL DEL CENTRO MÉDICO?
- “He renovado el carnet hace poco y me han dado el provisional con dos meses, ¿qué ocurre si caduca el provisional y no llega el definitivo? ¿puedo seguir conduciendo?»
- “En mi carnet de conducir figura que hoy caduca pero a principios de mes lo renové en un centro y estoy esperando el original. ¿Hoy puedo conducir sin multa?»
- “Hola mi pregunta es una vez que haya hecho la renovación ¿puedo seguir conduciendo con el justificante provisional o tienes que esperar a que me llegue el permiso nuevo?”
En España SI puedes conducir con la autorización provisional que te han entregado el Centro de reconocimiento médico de conductores DURANTE TRES MESES, pero NO es válido para conducir en otros países, en los que tienes que llevar el documento original.
RENOVACION DEL CARNET CON ENFERMEDADES o DEFICIENCIAS. ME HAN OPERADO DE CATARATAS ¿PUEDO RENOVAR EL CARNET?
- “Estoy en lista de espera para intervención de cataratas en ojo derecho y mi carnet caduca en 20 días. ¿Puedo renovarlo ya o debo esperar hasta después de la intervención?
- “Tengo el carné de conducir caducado desde un año porque estoy operándome de la vista. Llevo un ojo y en estos meses me operan del otro. ¿Cuanto me costaría pagar por caducado? Tengo el carnet B.
- “Hace 7 meses me dió un ictus cerebral estuve de baja y ya llevo 3 meses en el trabajo y conduciendo se me cumple el carnet de conducir y a la hora de renovarlo me dicen que como fué un ictus en vez de un AIT tengo que estar un año sin conducir con el consiguiente perjuicio de que si me tengo que estar todavía 5 meses sin trabajar me echarán a la calle ¿hay alguna manera de salvar este obstáculo?
- “Me caducó el carnet de conducir hace unos 15 años y tomé la determinación de no renovarlo por problemas de ansiedad. Ahora me gustaría volver a retomarlo. ¿Es una reovación normal o tengo que sacármelo desde cero? ¿Hay algún problema porque haya perdido el documento original rosa que tenía?
- “Tengo el carnet B1 caducado 19 años y actualmente tengo minusvalía física. Sólo domino un brazo correctamente y un pie correctamente. Tengo más de dos años sin ataques de epilepsia. ¿Qué debo hacer para conducir?
- “Mi marido es paraplégico y conducía un coche adaptado pero por una cirugía ha estado unos meses sin conducir y ahora nos damos cuenta de que ha caducado el carnet en diciembre. Mi pregunta es una si lo puede renovar sin problemas y si por ser adaptado tiene menos tiempo para la renovación porque nos lo hicimos a la vez y a el le ha caducado y a mi me queda hasta el 2022.
- “Tengo una incapacidad permanente total revisable por hipoacusia, tinnitus (no es una enfermedad) discopatía multinivel en todas las cervicales, pero no me da problemas, solo hay dos protusiones, y trastorno adaptativo. Discapacidad de 65%, y estoy tomando psicofármacos de día, que no me impiden en absoluto el uso del automóvil, ya que lo único que hacen es relajar nervios. La hipoacusia es leve según los informes de la SS.
¿Habría problemas a la hora de renovar el carné? obviamente tendría que especificar esas patologías en el centro de reconocimiento, y como digo, hago vida normal.” - “Me saqué el carnet b1 en el año 2000, ya hace bastante, tuve un accidente al año siguiente y me dieron al cabo de los años una discapacidad un 65% física y psíquica. Renové el carnet hace años cuando aun no tenía concedida la discapacidad, pero como no he vuelto a conducir perdí el carnet. Tengo interés en volver a conducir, mi discapacidad física no creo que sea problema, es solo una leve «cojera» de la pierna izquierda de la cual estoy mejorando, quizá si la psíquica por la medicación y demás problemas cognitivos. ¿Para renovar el carnet, como tendría que hacer? ¿Dónde y cómo acreditar la discapacidad?”
El Reglamento de conductores regula las enfermedades o deficiencias que pueden ser causa de restricciones o denegación del permiso de conducir.
Por eso hay que analizar cada caso concreto porque no todas estas enfermedades o deficiencias conllevan la imposibilidad absoluta de poder conducir. Será el Centro de Reconocimiento médico de conductores, al que acudas, el que deberá evaluarte, analizando los informes médicos que les lleves de tus especialistas.
Es importante que vayas primero a tu especialista para que te haga un informe actualizado.
En el caso concreto de una operación de cataratas (afaquias y pseudofaquias), debes esperar un mes desde la operación (dos meses en el caso de conductores profesionales),para poder renovar el carnet, que se hará por un plazo máximo de tres años, según criterio médico.
¿PUEDO LLEVAR FOTOCOPIA DE LA DOCUMENTACIÓN?
- “Me he dejado el carné de conducir en casa de unos amigos y no podré recogerlo hasta el martes/miércoles pero tengo el carné antiguo en el coche (caducado), ¿podría conducir sin exponerme a una multa?”
- “Tengo extraviado el carnet de conducir y no sé en que fecha caducaba ¿hay algún sitio donde pueda mirarlo?”
No puedes llevar fotocopia de la documentación. Es obligatorio llevar el original del permiso de conducir en vigor (o copia compulsada, solo si circulas por España).
No obstante, la vigencia de tu permiso puede ser comprobada por los agentes de la Autoridad que regulan el tráfico. La multa por no llevar físicamente el permiso de conducir estando en vigor es de solo 10 euros.
Puedes llevar la documentación en el móvil : Con la aplicación móvil MiDGT puedes llevar el carnet de conducir, la tarjeta de la ITV y el permiso de circulación con la misma validez que la documentación física. Pero ¡ojo! sólo te vale si circulas en territorio nacional. Si circulas por el extranjero debes llevar el soporte físico original.
Con esta aplicación puedes consultar también tu saldo de puntos y la caducidad del carnet.
ACCIDENTE CON CARNET DE CONDUCIR CADUCADO
- “Obtuve el carnet en España en 2004, lo renové en Irlanda en 2014 y soy residente en España desde 2015. He tenido un accidente sin haber hecho el canje del carnet, es decir, tengo el que obtuve en la renovación en Irlanda. He tenido un golpe con un coche en el que le he abollado una puerta, siendo yo el culpable. ¿Cuál puede ser la repercusión de mi situación en la cobertura a terceros?
- “He tenido un accidente con el coche y me di cuenta que mi registro había vencido hacia 6 días, en el accidente se cayó un motorista pero no chocó con mi vehículo, intentó pasarme por la izquierda cuando doblé para aparcar, frenó y se cayó. La policía hizo el parte pero no me denunció porque hacía poco que se me había vencido. Creo que el motorista quiere aprovechar el accidente para ganar algo de dinero, me llamó y me dijo que perdió un viaje al extranjero y que se tuvo que comprar un móvil nuevo e iba a reclamar al seguro. Mi pregunta es: ¿me cubre el seguro? y si no me cubre en caso de juicio ¿me puedo defender alegando que fue su culpa?
El hecho de tener el carnet caducado no significa que hayas perdido el derecho de conducir. La única consecuencia es que te pueden poner una sanción de 200€.
En estos casos, debes saber que el seguro obligatorio de responsabilidad civil asume los daños causados a terceros por el conductor de un vehículo.
Los importes de la cobertura del seguro obligatorio son de 70 millones de euros por siniestro en los daños que causes a las personas, cualquiera que sea el número de víctimas y 15 millones de euros por siniestro en los daños a los bienes.
CONDUCIR CON EL PERMISO INTERNACIONAL
- “Se me ha extraviado el permiso de conducir ¿Puedo circular con el permiso internacional?
El permiso internacional, que tiene una validez de un año, sólo autoriza para conducir temporalmente por el territorio de otros Estados contratantes, pero no para el territorio del Estado que lo ha expedido. Es decir, si se ha expedido en España, no puedes conducir con el carnet internacional por el territorio nacional.
La DGT está fomentando el uso de la aplicación para móvil miDGT donde aparece tu carnet de conducir y puedes solventar el problema.
Un ciudadano Suizo, con NIE VERDE, residente en España. Tiene el carnet de conducir de su país, caducado hace uno o dos años. ¿Cómo puede hacer aqui en España, para conducir? ¿Puede renovar su carnet europeo en España caducado? o ¿tiene que volverse a sacar un nuevo carnet español? y ¿qué requisitos tiene? (Vive gran parte del tiempo en el extranjero, ¿podría sacarse el carnet en un tercer país de la UE? ¿Qué se recomienda?
Tengo el carnet de conducir caducado desde hace aproximadamente un año y me gustaría renovarlo, pero tengo una amputación de las dos piernas por debajo de la rodilla, llevo unas prótesis que me permiten el perfecto accionamiento de los pedales de acelerador y freno, tengo un coche con cambio automático. ¿Qué debo hacer pera renovar el carnet? o ¿dónde debo acudir?
Me ha llegado una carta que me retiran el carnet del am por conducir sin carnet del coche y yo me saqué el carnet del coche y ya llevo un año con él. ¿Me retiran solo el del ciclomotor o del coche también si no he tenido ninguna infracción con el del coche?