PROGRAMA MOVES III
¿Necesitas una ayuda para comprar un coche eléctrico?
El Gobierno ha aprobado un programa de incentivos para promover la movilidad eléctrica, denominado Programa MOVES III, dotado con 400 millones de euros, y dirigido a:
1.- Comprar vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible.
2.- Instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos.
Las distintas comunidades autónomas, así como las ciudades de Ceuta y Melilla, son las encargadas de gestionar las ayudas. Para ello se les ha dotado de un presupuesto y antes del 14 de julio deben publicar las correspondientes convocatorias con los requisitos para poder tramitar las solicitudes de ayuda de los interesados.

Cuantía de las ayudas

Refuerzo de las ayudas con un 10% adicional
Las ayudas a la compra de turismos podrán verse incrementadas en un 10% (no acumulables entre sí) para:
– Las personas con movilidad reducida que necesiten adaptar su vehículo.
– Las personas físicas empadronadas en municipios de menos de 5.000 habitantes (el empadronamiento ha de mantenerse al menos dos años desde la fecha de registro de la solicitud).
– Autónomos que compren un taxi o presten servicio de VTC (Vehículo de Transporte con Conductor).
Requisitos
En el caso de que se achaterre un turismo, es necesario que el beneficiario de la ayuda:
– Acredite el achatarramiento de un vehículo de más de 7 años de antigüedad.
– Haya ostentado la titularidad del coche achatarrado al menos durante los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.
– Esté al corriente del pago del impuesto de circulación.
Procedimiento
1º) Tienes que solicitarla telemáticamente en la Comunidad autónoma donde vayas a comprar el coche, acompañando los documentos exigidos en cada convocatoria.
2º) En un plazo máximo de 6 meses te tienen que notificar la decisión de si te han otorgado o no la ayuda. Si en ese plazo no te contestan se entiende que tu solicitud ha sido rechazada.
3º) Si te conceden la ayuda, dispones de un plazo máximo de 12 meses para justificar que has realizado la compra.
MUY IMPORTANTE
4º) Una vez comprobado que todo es correcto la Comunidad autónoma ordenará el pago de la ayuda a tu cuenta bancaria (no tiene plazo). Recuerda que el importe de la ayuda debes declararla en el Impuesto sobre la Renta (IRPF).
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