Importante resolución del Tribunal Económico-Administrativo Municipal
Una reciente resolución ha aceptado íntegramente los argumentos deAEA y ha anulado un embargo de cuentas practicado a un automovilista por el impago de una multa cuya notificación se realizó en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), cuando según el Tribunal éste no era «el diario oficial procedente» para publicar multas anteriores al 24 de noviembre de 2010.

Según AEA, en la actualidad existen en la Agencia Tributaria municipal otros 100.000 expedientes sancionadores pendientes de cobro en las mismas circunstancias que deberían ser cancelados.

AEA va a realizar para sus socios un proceso de revisión de las sanciones indebidamente tramitadas y solicitará la cancelación de aquellos expedientes que pudieran resultar afectados por este importante precedente jurídico.


Madrid, 13 nov. (AEAPress).- Una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAMM) ha estimado una reclamación promovida por AEA contra el embargo de cuentas practicado por el Ayuntamiento de Madrid a uno de sus socios y ha anulado el cobro ejecutivo de una multa de tráfico de 90 euros (más el 20% de recargo), porque el Ayuntamiento de Madrid utilizó indebidamente el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), en vigor desde el 24 de noviembre de 2010, para notificar expedientes sancionadores iniciados con anterioridad.

aytomadrid multasEn su resolución, el TEAMM considera que «para la práctica de las notificaciones a que den lugar los procedimientos sancionadores por infracciones de tráfico habrá que estar a la fecha de incoación del expediente para determinar el régimen sancionador de la Ley de Tráfico que resulta de aplicación (…) Así, para los expedientes iniciados antes del día 25/5/2010 se aplicará en su totalidad el régimen sancionador anterior a la Ley 18/2009», y dado que al tratarse de un expediente iniciado con anterioridad, «no puede considerarse válida la notificación edictal practicada en el TESTRA, ni puede tenerse por practicada la aludida notificación».

Por ese motivo el tribunal acuerda estimar la reclamación y, en consecuencia, anula el cobro ejecutivo de la multa que Hacienda deberá devolver con los intereses legales correspondientes, porque «la notificación de la resolución de alegaciones e imposición de multa» no se practicó en el diario oficial procedente.

Esta resolución no es la primera que se produce en España en este sentido -ya que desde hace casi dos años prácticamente todos los tribunales económico-administrativo regionales (TEAR) de España están aceptando los miles de recursos promovidos por AEA en defensa de sus miembros frente a sanciones de carretera-, pero sí es la primera en la que se pronuncia el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid (TEAM) resolviendo favorablemente un recurso en este sentido frente al embargo de una multa publicada por el Ayuntamiento de Madrid en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), aceptando íntegramente la denuncia que desde el primer día de funcionamiento del TESTRA realizó AEA.

AEA denunció irregularidades en el Testra desde su primer día de funcionamiento y el Ayuntamiento de Madrid hizo «oídos sordos»

Como se recordará, en noviembre de 2010, AEA denunció la existencia de graves irregularidades en el sistema que entonces se ponía en marcha para notificar las multas de tráfico a través de internet y «anunció que llevaría ante los tribunales a cualquier administración que vulnerara los legítimos derechos de los ciudadanos en un tema tan esencial en el procedimiento sancionador como es la correcta notificación de las sanciones».

testraEl Ayuntamiento de Madrid negó entonces tales irregularidades y ha seguido utilizando el TESTRA para publicar las notificaciones de miles de expedientes sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley que cambió el procedimiento sancionador en materia de tráfico, a fin de ahorrarse -lo antes posible- el coste de los anuncios en los diarios oficiales tradicionales.

Sin embargo, dicho ahorro no se va a producir y no sólo porque dichas notificaciones son ineficaces y pueden ser recurridas por los afectados, sino porque además se va a perder la recaudación esperada por dichas multas, al tener que devolver el Ayuntamiento de Madrid lo indebidamente cobrado.

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo «esta resolución del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid supone un importantísimo precedente jurídico y pone en evidencia –una vez más- el poco respeto que tiene el Ayuntamiento de Madrid por las garantías jurídicas de los automovilistas, por lo que ya es hora no sólo de pedir la devolución de las multas indebidamente cobradas sino de empezar a exigir responsabilidades personales de quienes adoptan decisiones manifiestamente ilegales.»

100.000 multas tramitadas ilegalmente

AEA estima que en los años de existencia del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), el Ayuntamiento de Madrid ha realizado más de 100.000 publicaciones edictales correspondientes a expedientes sancionadores iniciados con anterioridad al 24 de noviembre de 2010, muchos de ellos aún pendientes de cobro en la Agencia Tributaria municipal.

aytomadrid multas recurrirExpedientes cuya cancelación puede solicitarse, siempre que el interesado no se haya dado por notificado y haya presentado algún escrito siguiendo el consejo de algunas empresas que se dedican a la captación de clientes a través de la localización de infracciones publicadas en los boletines oficiales.

En este sentido, AEA quiere recordar, una vez más, que «el sistema de notificación de las multas a través de los boletines oficiales es un sistema excepcionalísimo» y que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional «a nadie se le puede obligar a leer a diario los boletines oficiales para ver si su nombre aparece o no publicado».