Se trata de la primera resolución dictada por el Ministerio del Interior en la que, sin necesidad de acudir a los tribunales, se reconoce que la DGT ha venido aplicando erróneamente el permiso por puntos desde la reforma de la Ley de Seguriad Vial de 2009.
El Ministerio del Interior ha estimado una reclamación promovida por nuestros servicios jurídicos en defensa de uno de nuestros miembros, en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración y ha propuesto abonarle una indemnización de 425€ por los daños que le causó la Dirección General de Tráfico al privarle injustamente durante seis meses de su derecho a conducir al haber contabilizado en su saldo de puntos multas que debían estar canceladas.
Se trata de la primera resolución dictada por el Ministerio del Interior en este sentido y en ella se reconoce que la DGT ha venido aplicando erróneamente el permiso por puntos ya que «queda patente que los daños alegados por el reclamante se derivan de la Actuación de la Administración General de Estado«.
La justicia declaró ilegal la actuación del anterior Director General de Tráfico
Previamente a esta reclamación, los servicios jurídicos de AEA plantearon ante los tribunales un recurso en el que se cuestionaba la actuación de la DGT en relación con la aplicación del permiso por puntos a partir de la reforma de la Ley de Seguridad Vial operada en el año 2009, ya que determinadas infracciones -como por ej. estacionar en carril bus- dejaron de restar puntos a partir de ese momento y debían haberse cancelado de oficio del registro de Conductores e Infractores de Tráfico, reestableciendo así el saldo inicial de puntos de los conductores por aplicación del principio constitucional de «retroactividad de ley sancionadora más favorable«.
Recurso que fue estimado por un juzgado de Valencia declarando no ser conforme a Derecho la decisión de la DGT y «dejando sin efecto la pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir del recurrente y las sanciones que dieron lugar a dicho procedimiento» .
Esta resolución judicial puso además en evidencia la ilegal actuación de la DGT que, en lugar de proceder a la cancelación de unos antecedentes que por Ley debían haberse cancelado de oficio, permitió que se siguieran teniendo en cuenta en los procedimientos de declaración de pérdida de vigencia de los permisos contra los conductores que agotaran el saldo de puntos.
Por ello, cientos de conductores perdieron injustamente su carnet y tuvieron que esperar varios meses para poder obtener uno nuevo mediante la realización de un curso de sensibilización, asumiendo eso sí los consiguientes gastos, daños y perjuicios de los que ahora el Ministerio del Interior tiene que responder.
Al menos veinte mil conductores han sido privados injustamente de su carnet
Según estimaciones de AEA, más de 200.000 multas con detracción de puntos debían haberse cancelado del registro de Conductores e Infractores, bien por aplicación del «principio de retroactividad de Ley más favorable» o porque se están manteniendo antecedentes que de acuerdo con la Ley debían cancelarse de oficio a los tres años. Y ese mantenimiento ilegal de antecedentes en los registros de Tráfico ha podido determinar que a unos 20.000 conductores se les haya privado injustamente de su carnet al haberles contabilizado sanciones que por Ley debían estar borradas.
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