Nuevo varapalo judicial a la DGT

Cerca de 50.000 conductores podrían estar en la misma situación que los conductores a los que los tribunales están dando la razón.

Una nueva sentencia de un juzgado de Burgos ha estimado el recurso promovido por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) en defensa de uno de nuestros socios y ha obligado a la DGT a devolver los puntos detraídos respecto de unas sanciones cuya cuantía económica había sido anulada previamente por los servicios económicos de Hacienda.

Una reciente sentencia dictada por la Plaza nº 2 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Burgos (antiguo Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 ), ha dado de nuevo la razón al recurso planteado por los servicios jurídicos de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), en defensa de los derechos de uno de nuestros socios y ha condenado a la DGT a devolver los cuatro puntos que indebidamente le fueron detraídos del saldo de su permiso de conducir, porque no se le notificó correctamente una multa de exceso de velocidad, tal y como previamente había determinado el Tribunal económico-administrativo regional de Castilla y León, órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, al enjuciar y anular la parte económica de la sanción. Además, se condena a Tráfico a pagar 300 euros de costas.

“La pérdida de puntos va unida a la multa como la sombra al cuerpo”

Desde la puesta en marcha del permiso por puntos en el año 2006, el organismo que dirige Pere Navarro se ha negado sistemáticamente a devolver los puntos indebidamente detraídos por multas mal tramitadas y anuladas por los servicios económicos de Hacienda, al no reconocer a estos órganos de la Administración facultades revisoras de su competencia sancionadora, provocando con ello daños irreparables a miles de conductores españoles.

Sin embargo, la sentencia declara que: “Sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica el que para dos órganos del Estado (en este caso, por un lado la Jefatura de Tráfico y por otro el Tribunal Económico-Administrativo Regional) unos hechos existieran y a la vez no existieran.”

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “la pérdida de puntos va unida a la multa como la sombra al cuerpo, ya que no puede ser que Hacienda anule la parte económica de la sanción porque no se ha notificado correctamente la multa y, sin embargo, Tráfico mantenga la detracción de puntos”.

Multas mal notificadas

El caso ahora resuelto favorablemente para el conductor afectado -que fue asistido desde el primer momento por los letrados de AEA– se inició por la reclamación interpuesta, inicialmente ante Hacienda y en una segunda instancia ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León (TEAR), contra una sanción impuesta por un supuesto exceso de velocidad del que el automovilista nunca había tenido ninguna noticia previa hasta que Hacienda se la reclamó con un recargo del 20%.

Tráfico no devuelve los puntos

Con motivo de los recursos planteados por AEA, el automovilista afectado pudo saber que, además de la sanción económica reclamada por Hacienda, le habían detraído sin su conocimiento cuatro puntos de su saldo como conductor, que Tráfico se negaba obstinadamente a devolvérselos, a pesar de que el TEAR había anulado la parte económica de la sanción al quedar acreditado que no le habían notificado correctamente la multa. Por ello, no hubo más remedio que llevar a Tráfico ante los tribunales.

La justicia dice que “la mochilita de puntos” se tiene que devolver

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia supone un nuevo varapalo jurídico a los argumentos perversos que desde hace dos décadas viene utilizando la DGT para no devolver los puntos detraídos injustamente a miles de conductores cada año por multas que no están bien tramitadas”.

Por ello, a partir de este nuevo éxito jurídico obtenido por nuestra Asociación -concluye Arnaldo- si una multa no está bien notificada no sólo hay que anular la parte económica de la sanción, sino que también hay que devolver la “mochilita de puntos” que la acompaña, utilizando las palabras del director general de Tráfico, señor Pere Navarro, al poner en marcha el permiso por puntos”.

Responsabilidad de la DGT

A raíz de esta nueva sentencia, AEA además quiere advertir acerca de la responsabilidad en que puede incurrir la DGT por mantener anotada en el Registro de Conductores e Infractores la detracción de unos puntos que legalmente debían estar anulados, ya que dicha circunstancia no sólo privaría injustamente a miles de conductores de su derecho a conducir sino que incluso podría dar lugar a la imputación de delitos de seguridad vial inexistentes.