Con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, en vigor desde el 22 de septiembre de 2021, se han creado en el municipio de Madrid dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), denominadas “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica”. Conozca las novedades:

ZBEDEP Distrito Centro

La ZBEDEP es una zona de bajas emisiones que comenzó a funcionar el 22 de septiembre de 2021 y que sustituyó a Madrid Central.

Su perímetro está formado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.

En el área delimitada por este perímetro están restringidos el acceso y la circulación de vehículos que carezcan del correspondiente permiso, excepto en las siguientes calles en las que si se permite la circulación de vehículos:

  • C/ Santa Cruz de Marcenado (de C/ Serrano Jover a C/ Mártires de Alcalá).

  • C/ Mártires de Alcalá.

  • C/ Seminario de Nobles.

  • Avenida Gran Vía de San Francisco.

  • C/ Bailén.

  • C/ Algeciras.

  • Cuesta Ramón.

  • C/ Ventura Rodríguez (desde C/ Princesa a C/ Duque de Liria).

  • C/ Duque de Liria (desde C/ Ventura Rodríguez a C/ Princesa).

¿QUÉ VEHÍCULOS PUEDEN ACCEDER?

VEHÍCULOS DE LAS PERSONAS EMPADRONADAS EN DISTRITO CENTRO

Las personas empadronadas dentro de esta zona pueden circular con los vehículos, incluidas las motocicletas, que tengan en propiedad o usufructo independientemente de su clasificación ambiental.

En caso de disponer de vehículos en régimen de renting, leasing, retribución en especie o sustitución, estos deben ser 0 Emisiones, ECO, C o B.

A partir del 1 de enero de 2025 no se permitirá circular a los vehículos de categoría ambiental A (sin distintivo) salvo que se trate de vehículos históricos y vehículos adaptados para trasladar o ser conducidos por personas con movilidad reducida.

Invitaciones

Los residentes pueden tramitar 20 permisos individuales cada mes para que puedan acceder los vehículos de las personas por ellos invitadas. Estos vehículos están sujetos al pago y limitación horaria del SER. No se permite invitar a vehículos sin distintivo (categoría ambiental A).

VEHÍCULOS DE LOS NO RESIDENTES EN DISTRITO CENTRO

Turismos:

Los vehículos de los no residentes pueden acceder de acuerdo con las siguientes condiciones y clasificación:

Motos, ciclomotores y vehículos de 3 ruedas:

Pueden acceder de acuerdo con las siguientes condiciones y clasificación:

VEHÍCULOS DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

Las personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (TEPMR) tienen permitido el acceso de un vehículo independientemente de su titularidad o categoría ambiental.

A partir del día 1 de enero de 2025, los vehículos sin distintivo ambiental solo podrán acceder si están adaptados. Para poder acceder deben darse de alta en el Sistema de gestión de accesos a Distrito Centro.

VEHÍCULOS HISTÓRICOS

Podrán acceder los vehículos y motocicletas que tengan reconocida la condición de históricos por la DGT. Además, se permite el aparcamiento en superficie a los vehículos y motocicletas de más de 50 años que tengan la condición de históricas.

Los vehículos históricos de menos de 50 años solo podrán estacionar en un aparcamiento de uso público o privado o reserva de estacionamiento.

ZBEDEP PLAZA ELÍPTICA

La Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) “Plaza Elíptica” entró en vigor el  22 de diciembre de 2021 y su perímetro está formado por las siguientes vías:

  • Calle Faro.
  • Avenida de Abrantes.
  • Calle Portalegre.
  • Avenida de Oporto.
  • Travesía de Antonia Lancha.
  • Calle Santa Lucrecia.
  • Calle Antonio Leyva.
  • Calle de Arlanza.
  • Lateral Paseo de Santa María de la Cabeza en sentido entrada a Madrid hasta Puente de los Capuchinos.
  • Calle Manuel Noya.
  • Calle Cerecinos.
  • Calle Fornillos.
  • Calle Ricardo Beltrán y Rozpide hasta el número 8.
  • Avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid.
  • Avenida Princesa Juana de Austria en sentido entrada a Madrid.
  • Calle Vía Lusitana intersección con Calle Faro cruzando el parque de la Emperatriz María de Austria.

RESTRICCIONES

Se prohíbe a los vehículos con clasificación ambiental A (sin distintivo ambiental) el acceso y la circulación por el interior de su perímetro, incluyendo el tramo de la autovía A-42 comprendido dentro del mismo.

Hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder a esta zona los vehículos sin distintivo de las personas empadronadas, los de las empresas y autónomos que realicen su actividad en el interior del área, los de los servicios públicos, los de transporte de alumnado a centros educativos o los vehículos destinados al transporte de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, entre otros.

 

MADRID ZONA DE BAJAS EMISIONES

La Ordenanza de Movilidad también ha creado “Madrid Zona de bajas Emisiones”, que restringe de manera progresiva el acceso y circulación por todo el término municipal de la ciudad a los vehículos A (sin distintivo) conforme a las siguientes fases:

DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022

Se prohíbe el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30, a todos los vehículos A que a fecha 1 de enero de 2022 no se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT ni figuren de alta en el Padrón del Impuesto de Vehículos sobre Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid. 

DESDE EL 1 DE ENERO DE 2023

Se prohíbe el  acceso y circulación por la M-30 a los vehículos A que a fecha 1 de enero de 2022 no se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT ni figuren de alta en el Padrón del Impuesto de Vehículos sobre Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid.

DESDE EL 1 DE ENERO DE 2024

Se prohíbe el acceso y circulación por todas las vías urbanas del municipio de Madrid a todos los vehículos A que a fecha 1 de enero de 2022 no se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT ni figuren de alta en el Padrón del Impuesto de Vehículos sobre Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid. 

DESDE EL 1 DE ENERO DE 2025

La prohibición de acceso y circulación por todo el término municipal de la ciudad de Madrid se amplia a los vehículos A domiciliados en la capital y que figuren de alta en el padrón del Impuesto de Vehículos del Ayuntamiento de Madrid.

¿LE HAN PUESTO UNA MULTA EN LA ZBEDEP DISTRITO CENTRO?

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