Me llega una multa del Ayuntamiento de Barcelona, en la que supuestamente pasé un semáforo en rojo y al parecer un municipal lo vió y me hace la denuncia. Yo me siento indefensa al no recordar el hecho y pensar el poder que pueden tener los municipales. ¿Pueden multarme así, sin pararme, sin foto, sin nada, solamente porque lo afirma un municipal? Ana Espla Berenguer

Multa por semáforo en rojo. AEA RESPONDE

De acuerdo con lo establecido en el Art. 76 de la Ley de Seguridad Vial «Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado pero que no  obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.»

Fuera de estos supuestos, las denuncias son inválidas y si en la denuncia que te han enviado no indican las razones concretas por las que no te pararon «in situ», esta circunstancia puedes alegarla.