Hola. El radar movil Servei Catala de Transit me multo a 144 km/h en una vía de 100km cambiada recientemente. En la multa indica: Cinemometre MULTANOVA 6F-MR, model aprovado por Orden Ministerial 11/02/1994 y que para la sanción se han tenido en cuenta los margenes de error. Que margenes??? De cuanto son????? No es los mismo 139km/h que 144km/h, porque la multa sube de 100€ a 300€ y son dos puntos cuando no tendrian que serlo. Hay posibilidad de recurrir la multa por el margen de 4% del radar, o como dicen ya está aplicado… Porque si alego pierdo el 50% de rebaja, y no estoy para pagar 150€ de más. Gracias.  Javier Ferré.

AEA RESPONDE

Estimado Javier, la Ley de Seguridad Vial se cambió precisamente a raíz de una sentencia favorable para los derechos de los automovilistas que nuestra Asociación obtuvo en el Tribunal Supremo y en la que se reconocía el derecho a pagar las multas con descuento pero también a recurrir en caso de no estar conforme con la denuncia.
Sin embargo, en 2009 se cambió la Ley para hacer incompatible el pagar con descuento y recurrir.
Nuestra Asociación fue la única entidad que denunció esta situación de indefensión y ahora seguimos defendiendo los derechos de los automovilistas pero con más dificultad, como puedes comprobar por tu propio caso. Por eso, estimado Javier, si hemos llegado a esta situación de indefensión es porque nos quejamos pero nadie hace nada (salvo algunos que seguimos defendiendo los derechos legítimos de los ciudadanos) por evitar que se consoliden situaciones de indefensión. Porque entendemos que la seguridad jurídica y las garantías de defensa de los ciudadanos no son incompatibles con la seguridad vial.
Pero lo que ocurre ahora es una manifiesta utilización de las multas de tráfico como un instrumento de recaudación.