Ante la difusión de informaciones que afirman que a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, “la identificación de los afectados por multas de tráfico en las publicaciones oficiales (TEU ó TESTRA) se va a realizar con los nombres y apellidos de los interesados, añadiendo 4 cifras numéricas aleatorias de su DNI, pasaporte o equivalente”, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se ve en la obligación de aclarar que este sistema de indentificación no es de aplicación para las multas de tráfico sino para procesos selectivos o de personal, como pueden ser las listas de aprobados o suspensos en unas oposiciones.

“En el caso de las multas de tráfico -aclara AEAla identificación del afectado se tiene que realizar exclusivamente mediante el número completo de su documento nacional de identidad (DNI), numéro de identidad de extranjero (NIE), pasaporte o documento equivalente, suprimiéndose el nombre y los apellidos”.