Una sentencia de la Sala Segunda, hecha pública ayer, anula una multa de 200 € y la detracción de 4 puntos impuesta a un conductor por el Ayuntamiento de Madrid por una infracción captada por el sistema foto-rojo y declara que el consistorio madrileño ha vulnerado el derecho a la legalidad sancionadora establecido en el Art. 25.1 de la Constitución.
Madrid, 21 Ene. (AEAPress).- Una reciente sentencia judicial dictada por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional y publicada ayer en el BOE ha vuelto a poner en entredicho las sanciones de tráfico que desde hace años viene imponiendo el Ayuntamiento de Madrid y ha anulado una sanción de 200€ y la detracción de 4 puntos, impuesta a un automovilista por rebasar en fase roja el semáforo situado en el nº 83 de la Av. Cardenal Herrera Oria.
El Ayuntamiento aplicó un «ininteligible cuadro de claves»
Los hechos ocurrieron en el verano del 2009, antes de que entrara en vigor el nuevo cuadro de multas que sanciona esta infracción con una cuantía única de 200 € y la pérdida de 4 puntos del permiso de conducir. Sin embargo, el Ayuntamiento de Madrid impuso esta sanción pero mediante la aplicación de un «ininteligible» cuadro de claves para calificar la infracción y graduar su importe.
En el fundamento jurídico quinto de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado don Juan José González Rivas, el Tribunal Constitucional considera que esta actuación municipal vulneró el principio constitucional de legalidad, ya que «se impuso una sanción de multa de cuantía fija, con fundamento en una clave que resulta ininteligible en los términos en que fue notificada, y carente de cobertura legal, lo que en suma determina la vulneración del art. 25.1 CE invocado«.
Por esa razón el Tribunal Constitucional otorga el amparo solicitado al automovilista afectado y anula no sólo la sanción impuesta por el Ayuntamiento de Madrid sino las resoluciones judiciales dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 24 de Madrid, que la confirmaron.
AEA viene denunciando desde hace años la falta de garantías jurídicas
Esta nueva resolución judicial se suma al rosario de sentencias judiciales obtenidas por los letrados de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) a través de distintos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (núms. 3, 5, 10,19, 23, 25 y 34) y pone de nuevo en evidencia la falta de garantías del sistema utilizado por el Ayuntamiento de Madrid para imponer sanciones de tráfico, y especialmente para aquellas que se refieren a infracciones por rebasar los semáforos captadas por el sistema foto-rojo.
La Alcaldesa debe tomar urgentemente cartas en el asunto
Con esta nueva sentencia del Tribunal Constitucional el presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha instado de nuevo al Ayuntamiento de Madrid a que proceda a la revisión de oficio de todos los expedientes sancionadores que por multas de tráfico se han estado tramitando ilegalmente en los últimos cinco años.
En este sentido, Arnaldo considera inaplazable que la Alcaldesa de Madrid, Ana Botella, tome cartas en este asunto y ordene una auditoria del sistema de sanciones que utiliza el Ayuntamiento de Madrid, así como la revisión y el control metrológico de todos los sistemas de captación automatizada de infracciones, como el sistema foto-rojo o los radares de velocidad, que continuamente están siendo cuestionado por los tribunales.
«¿Cuántas sentencias necesita más la Alcaldesa -concluye Arnaldo- para que en Madrid se garanticen los legítimos derechos de los ciudadanos y no se utilicen las multas como un instrumento de recaudación?»
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