Varapalo judicial a la DGT: Un Juzgado de Valencia anula la retirada del carnet de conducir a un socio de AEA porque Tráfico no aplicó el principio constitucional de “retroactividad de Ley más favorable” al no tener en cuenta que los hechos que dieron lugar a la declaración de pérdida de vigencia del permiso -estacionar en carril bus- habían dejado de detraer puntos el 25 de noviembre de 2009. Es la primera sentencia dictada en España en este sentido.
El caso se inició por la imposición de seis sanciones de “estacionamiento en carril bus” por parte del Ayuntamiento de Valencia, que dieron lugar a la detracción de 2 puntos por cada expediente sancionador. Ninguna de las multas le fue notificada al interesado que, además, fue considerado el autor de las mismas a pesar de que el vehículo también lo conducía su mujer.
Tráfico tuvo en cuenta infracciones que con la nueva ley no restaban puntos
Pero esta circunstancia no fue obstáculo para que el Ayuntamiento le fuera restando puntos y dejara su saldo a cero, por lo que la Jefatura provincial de Tráfico de Valencia inició un procedimiento para declarar la pérdida de vigencia de su permiso de conducir, cuya decisión fue confirmada por la DGT, sin tener en cuenta que con la reforma de la ley de Tráfico los estacionamientos en carril bus habían dejado de detraer puntos.
La reforma de la LSV redujo de 27 a 19 las infracciones con pérdida de puntos
Efectivamente, la sentencia tuvo en cuenta que con la modificación de la Ley de Tráfico en materia sancionadora de 2009, se redujeron de 27 a 19 los supuestos de pérdida de puntos. Y que infracciones como “estacionar en carril bus” dejaron de restar puntos a partir del 25 de noviembre de 2009.
Sin embargo, Tráfico no tuvo en cuenta está circunstancia e incluso le advirtió que “conducir vehículos a motor cuando hay declaración de pérdida de vigencia es un delito tipificado en el art. 384 del Código Penal, castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses, o multa y trabajos en beneficio de la comunidad”.
Y esta ilegal decisión de Tráfico causó graves daños y perjuicios al automovilistas ya que no sólo se le privó durante seis meses de su derecho a conducir, sino que además tuvo que realizar un curso de recuperación total de puntos. Además tuvo que volverse a examinar para obtener de nuevo otro permiso (con la consideración de conductor novel respecto del nuevo saldo de puntos), y contratar los servicios de expertos profesionales que le defendieran en los tribunales.
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