Éxito de AEA en la defensa de los legítimos derechos de los automovilistas

Desde hace más de diez años, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), ha venido denunciando que las distintas Administraciones con competencia en materia de tráfico, entre ellas la DGT, el Servei Catalá de Tránsit y el Gobierno Vasco, estaban imponiendo multas y detracción de puntos por encima de lo previsto en la Ley de Seguridad Vial para sancionar los excesos de velocidad, porque no se estaba aplicando ningún margen de error a la medición efectuada por los radares.

El Gobierno Vasco comienza a descontar el margen de error máximo de los radares

Sin embargo, la situación en el País Vasco ha cambiado recientemente ya que, según han podido comprobar los servicios jurídicos de AEA, las distintas oficinas territoriales de Tráfico del Gobierno Vasco están empezando a descontar el error máximo que tienen los radares para graduar las sanciones por exceso de velocidad.

Así, sobre la velocidad que aparece sobreimpresionada en la fotografía -informa muy satisfecho el presidente de AEA, Mario Arnaldo- se está empezando a descontar el error máximo del aparato, aplicándose la correspondiente multa prevista en el cuadro de sanciones de la ley sobre el resultado neto y no sobre lo que marcaba la fotografía, ya que esto significaba en muchos casos triplicar el importe de la multa y detraer puntos en casos en los que, según la ley, no debían aplicarse”.

El caso más frecuente, según AEA, se producía en autopistas cuando al ser captado por un radar a 151km/h. la sanción que se aplicaba era de 300€ y 2 puntos, y no la de 100€ (sin detracción de puntos) prevista en el cuadro de sanciones, que es la que corresponde si se aplican los márgenes de error de los radares legalmente establecidos.

Más de un centenar de sentencias avalaban los argumentos de AEA

Con este cambio de criterio, el Gobierno Vasco se alinea con el que desde hace una década viene defendiendo AEA y que estaba siendo avalado por centenares de sentencias judiciales. Solo en el último año hemos obtenido en defensa de los intereses de nuestros socios más de un centenar de sentencias favorables que consideran que la velocidad captada por los radares y que aparece sobreimpresionada en las fotografías debe corregirse “en función del margen de error del cinemómetro”.

En este sentido se han pronunciado numerosos juzgados y tribunales de toda España: Juzgado núm. 1 de Albacete; núms. 1 y 3 de Alicante; núms. 1, 4, 5, 9, 11 y 15 de Barcelona; núm. 2 de Bilbao; núms. 1 y 2 de Burgos; núm. 1 de Cartagena; núms. 2 y 4 de A Coruña; núm. 5 de Córdoba; núm. 1 de Elche; núm. 1 de Ferrol; núm. 1 de Gijón; núm. 1 de Huesca; núm. 1 de Jerez de la Frontera; núm. 2 de Logroño; núms. 1, 5, 7, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 26, 31, 33, 34 de Madrid; núms. 2 y 6 de Oviedo; núm. 1 de Palencia; núms. 1 y 2 de Pamplona; núm. 2 de San Sebastián; núm. 3, 6 y 13 de Sevilla; núm. 1 de Segovia; núms. 1 y 2 de Tarragona; núm. 4 de Valencia; núm. 2 de Vigo; núm. 3 de Vitoria; núms. 2 y 4 de Zaragoza, entre otros, así como las dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía y Castilla-La Mancha.

La DGT debe seguir el ejemplo del Gobierno Vasco

AEA celebra esta decisión del Gobierno Vasco porque “sin duda va a poner fin a la situación de inseguridad jurídica a la que se estaba sometiendo injustamente a los ciudadanos, al imponerle sanciones por encima de lo que estaba establecido en la Ley”. Y también porque espera que este hecho sirva de ejemplo a la DGT para corregir una práctica que reiteradamente está siendo declara ilegal por los tribunales.