El otro día circulado a 100 Km/h por una autovía, me topé a la salida de una curva sin visibilidad con un automóvil, de estos que solamente llevan matricula amarilla en la parte de atrás y creo que solo tienen un motor como los scooter de 49cc, y a punto estuve de alcanzarlo por detrás. ¿Hasta que punto es lícito que estos vehículos circulen por autovías, autopistas y/o carreteras de carril único y doble sentido de circulación y arcén? Fernando García Bermejo.
AEA RESPONDE
Esos vehículos tienen la consideración de ciclomotores y por tanto tienen prohibida su circulación por autopistas y autovías.
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