La Audiencia Provincial de Navarra condena a Peugeot a indemnizar a un socio de AEA con casi medio millón de pesetas y a resolver el contrato de compra-venta por venderle un vehículo nuevo al que se le detectaron diversas anomalías durante el periodo de garantía. Son múltiples las sentencias que hemos obtenidas en favor de nuestros socios por este motivo….
El vehículo en cuestión, un PEUGEOT 405 GR 4X4, fue adquirido en mayo de 1990 . Desde los primeros días de rodaje se detectó en el automóvil un comportamiento anormal. Los servicios de atención al cliente de Peugeot trataron desde el primer momento de dar una solución técnica al problema, procediendo a efectuar distintas verificaciones en el vehículo y entregando otro de sustitución durante el tiempo que duraban las mismas. Sin embargo no lograban dar con la causa del problema. Ante esta situación nuestros servicios jurídicos exigieron al fabricante la sustitución del automóvil por otro nuevo o la resolución del contrato. Petición que no fue aceptada inicialmente, pero que Peugeot no tuvo más remedio que acatar al final en virtud de esta resolución judicial.
La reclamación judicial culminada con éxito consiguió no sólo que se devolviera el importe pagado por el vehículo defectuoso, más de tres millones de pesetas, sino además una indemnización cercana al medio millón y las costas del procedimiento.
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