Varapalo judicial al Ayuntamiento de Madrid por imponer sanciones de velocidad sin que exista señal que advierta de los límites.

Un juzgado de Madrid anula una multa impuesta con los nuevos límites de 30km/h

Se trata de la primera sentencia judicial que cuestiona las multas impuestas en vías urbanas con los nuevos límites genéricos de velocidad de 30 km/h. sin que existan señales que lo adviertan.

En los dos últimos años la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid ha sancionado, en la misma calle y por el mismo motivo, a otros 1.500 conductores madrileños. Por ello, AEA solicitará nuevamente al Alcalde de Madrid la realización de una auditoria de la gestión de las multas de circulación para evitar el injusto peregrinaje de recursos al que se somete a los ciudadanos.

Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid ha estimado el recurso promovido por los servicios jurídicos de la organización de defensa del conductor afectado, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), y ha anulado una multa impuesta por la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid a un conductor al que atribuía injustamente una infracción de velocidad por superar el nuevo límite genérico de 30 km/h. La sentencia también condena al Ayuntamiento de Madrid al pago de 200€ de costas.

No existía límite de 30km/h.

Según el consistorio madrileño, el conductor circulaba a 46km/h. por una vía donde supuestamente regía el nuevo límite de 30 km/h., previsto en el artículo 17 de la Ordenanza de Movilidad para las calles de un único carril y por ello le impuso una sanción de 100€.

Sin embargo, según se recoge en el Fundamento de Derecho tercero de la resolución judicial “la vía donde se formula la denuncia, Nuestra Señora de Valverde, no es una vía de un único carril por sentido como se puede comprobar en las fotografías aportadas.”

Sin señalización no puede haber sanción

“Por consiguiente -continúa la sentencia-, es necesario precisar y acreditar en el punto kilométrico que se comete la infracción cual es el límite concreto de velocidad. La carga de la prueba corresponde a la Administración, por lo que ante la ausencia de elemento probatorio suficiente, que acredite que en ese punto existía esa limitación y que con carácter previo existía una señal advirtiendo de la limitación, para destruir la presunción de inocencia, cumple la estimación del presente recurso administrativo.”

En la misma calle se ha sancionado injustamente a otros 1.500 conductores madrileños

La vía donde se produjeron los hechos es la antigua carretera de Fuencarral, ahora denominada calle de Nuestra Señora de Valverde, en la que en alguno de sus tramos no tiene un único carril por sentido.

Por ello, según pudieron acreditar los letrados de AEA que defendieron al conductor injustamente sancionado, no podía aplicarse el nuevo límite genérico de velocidad de 30km/h. contemplado en la nueva Ordenanza de Movilidad y así se hizo constar en los reiterados recursos que se presentaron ante el Departamento de Gestión de Multas antes de acudir al juzgado y que, por rutina informática, fueron rechazados.

No obstante, ahora la justicia ha restablecido los derechos del ciudadano al aceptar íntegramente los argumentos jurídicos de AEA de que era necesario señalizar el límite de velocidad a 30km/h. y no sólo ha anulado la sanción impuesta injustamente por la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación sino que ha condenado al Ayuntamiento de Madrid a pagar 200€ en costas.

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “el Alcalde, señor Martínez Almeida, debería tomar ya cartas en este asunto de las multas de tráfico impuestas injustamente por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, dependiente del Área de gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Y no sólo porque se está obligando a los ciudadanos a sufrir un injusto peregrinaje de recursos sino porque los criterios jurídicos erróneos que utiliza ese departamento municipal van a provocar el colapso de la justicia madrileña, ya que en el mismo lugar y por el mismo motivo, en los dos últimos años se han sancionado injustamente a cerca de 1.500 conductores madrileños, con unas multas cuyo montante económico ascendió a doscientos mil euros”.

Los nuevos límites de velocidad disparan las multas en Madrid

Según los datos que maneja AEA, con los nuevos límites genéricos de velocidad establecidos en la nueva Ordenanza de Movilidad, las multas en Madrid se han disparado, tal y como predijo esta asociación de defensa de los conductores hace dos años.

En el caso de infracciones de velocidad por superar los límites genéricos de 30km/h. el incremento ha sido exponencial y se ha pasado de formular 1.424 denuncias en el primer semestre de 2019 a 2.720 en el mismo periodo de 2021. ¡Es decir, las multas han experimentado un incremento del 91%!

“Y este fenómeno -afirma Arnaldo-, no se debe a la voluntad infractora de los conductores madrileños sino a la dificultad que tienen éstos para conocer cual es el límite de velocidad que rige en cada calle si no hay una señalización concreta que les informe de ello”.

Una adecuada señalización mejora la seguridad vial

Por eso a Arnaldo le han resultado chocantes las recientes declaraciones del director general de Tráfico efectuadas la semana pasada en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados en las que afirmaba que «a la DGT nos sale que va a haber menos señales porque antes, como era a 50 kilómetros, se tenía que poner en cada sitio la señal de 30 kilómetros por hora. Ahora, como lo hemos hecho por Boletín Oficial del Estado, con el cartel de que se entra en zona 30 ya no hace falta que se ponga hasta el final.”

A juicio de Arnaldo “señalizar los límites de velocidad no sólo es conveniente por razones de seguridad vial, sino que es obligatorio a tenor del reciente pronunciamiento judicial obtenido en favor de los legítimos derechos de uno de nuestros socios”.

Los conductores más afectados son los que circulan habitualmente por este tipo de vías, que reciben de golpe varias multas a la vez, causándoles un verdadero perjuicio económico e, incluso, la pérdida de puntos de su carnet.