La reparación de los daños causados por un tercero a un vehículo de empresa, incluido el IVA, así como al pago del alquiler de un vehículo de sustitución, deben ser abonados por la aseguradora del causante.
Así lo ha reconocido una sentencia promovida por los servicios jurídicos de AEA, que estima íntegramente la demanda interpuesta por uno de sus socios, condenando a la entidad Mutua Madrileña Automovilista al pago de 10.911,25€, más las costas judiciales, correspondientes a la reparación de unos daños causados por uno de sus asegurados a un vehículo de empresa, así como también condena al pago del alquiler de un vehículo de sustitución durante el tiempo que duró la reparación.
La aseguradora no quería pagar el IVA
Se reclamaban los daños causados por una conductora a un coche propiedad de una empresa dedicada al transporte de mercancías, así como una factura por el alquiler de un coche de sustitución.
Inicialmente, la aseguradora del vehículo causante de los daños rechazó la reclamación efectuada en vía amistosa, pero una vez interpuesta la demanda ante el juzgado aceptó pagar las facturas (9.017,56€), sin incluir el importe correspondiente al 21% de IVA, con el argumento de que “cómo se trataba de una sociedad mercantil podía deducirse dicho impuesto”.
Sin embargo, el fallo judicial estima los argumentos expuestos por los letrados de AEA y condena a la entidad Mutua Madrileña Automovilista, no sólo al pago de la cantidad del IVA que pretendía excluir (1.893,69€), sino también al pago de intereses por morosidad y las costas procesales.
Importante precedente judicial
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia supone un importante precedente judicial en la protección de los derechos de los asegurados y perjudicados, en este caso propietarios de coches de empresa, frente a la práctica generalizada de las aseguradoras de excluir de las indemnizaciones el importe del IVA soportado”.
AEA estima que las aseguradoras españolas se podrían estar ahorrando unos 240 millones de euros, al aplicar en la práctica una franquicia no pactada del 21% a los coches de empresa.
El IVA de la reparación del vehículo: Cuestión controvertida
La cuestión del pago del IVA en la reparación de coches de empresa es una cuestión controvertida tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, ya que existen sentencias que han declarado que “En cuanto al IVA no debe condenarse a su pago a la aseguradora porque el demandante, como profesional, puede repercutirlo, como IVA abonado respecto al IVA repercutido”.
Sin embargo, existe otra postura judicial que considera que dicho concepto “ha de ser objeto de indemnización, ya que el mismo forma parte, en su conjunto, del total de la factura abonada por la demandante para la reparación del vehículo, y no es función de este Tribunal realizar un prejuicio sobre la posible deducción final de esa cantidad por la entidad propietaria del vehículo”.
¿Puede el taller retener el vehículo si no se le paga el IVA de una reparación concertada con el seguro?
Lo primero que debemos tener claro es que todas las reparaciones de vehículos están sujetas al IVA.
El taller debe repercutir íntegramente el importe del impuesto sobre aquél para quien realice la reparación – que será la aseguradora si ha aceptado con compromiso de pago la reparación o el propietario del vehículo, si es éste quien ha encargado la reparación), quedando éste obligado a soportarlo.
El taller tiene derecho de retener el vehículo hasta que se le abone la totalidad de la factura debida.
¿Quién tiene que pagar el IVA en una reparación por un accidente?
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Si la reparación se realiza como consecuencia de los daños causados por un tercero, la aseguradora del causante es quien tiene el deber de abonar la totalidad de los daños y perjuicios causados, incluido el IVA.
En muchas ocasiones, las aseguradoras obligan a los perjudicados (personas jurídicas propietarias de los vehículos), a hacerse cargo del IVA de la factura de reparación de sus daños, so pretexto de que se lo pueden deducir compensándolo con el IVA repercutido de su empresa. Ello genera, en muchas ocasiones, un grave perjuicio al tener que disponer de un dinero no previsto para esta finalidad, que, además, a veces, engrosa el remanente de “IVA A COMPENSAR” que ya tenía la empresa al haber tenido más gastos que ingresos en ejercicios anteriores.
La legislación es clara: La aseguradora del vehículo causante de los daños, debe abonar todos los daños y perjuicios ocasionados, incluido el IVA, para restituir al perjudicado en la situación que tenía antes del siniestro.
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Cuando se trata de la reparación de los daños cubierta por el seguro del coche, el IVA debe abonarlo la aseguradora propia, salvo que en la póliza de seguro se haya establecido una cláusula en la que se disponga expresamente que el IVA de las reparaciones las debe pagar el asegurado si es persona jurídica y puede deducírselo.
Es importante que revise su póliza: Si no queda establecido entre las cláusulas del contrato que el asegurado persona jurídica debe pagar el IVA de la reparación, el sujeto pasivo a consignar en la factura del taller será la aseguradora, considerada como destinataria final y será la responsable de pagarla en su totalidad, incluido el IVA.
La mitad de los coches que se matriculan en España son de empresa
Según estimaciones de AEA, en España casi la mitad de los coches que se matriculan lo son a nombre de personas jurídicas. Teniendo en cuenta que el número de vehículos asegurados a todo riesgo se sitúa en torno a los 7.700.000; que la frecuencia siniestral de este tipo de vehículos es del 35% (65% si se trata de vehículos asegurados sin franquicia) y que el importe medio por siniestro es de unos 850 €, el ahorro anual para las aseguradoras que no pagan el IVA de las reparaciones podría cifrarse en unos 240 millones de euros.

AEA sugiere que si se excluye el IVA en las reparaciones de vehículos de empresa, las primas deberían bajar un 21%
Para el Presidente de AEA “Si las aseguradoras continúan con esta práctica de excluir el IVA, aconsejamos a los titulares de coches de empresa que cuando contraten un seguro soliciten, en compensación a la disminución del riesgo que asumen las aseguradoras, una rebaja de al menos un 21% en el precio del seguro. Y ello podría suponer para los asegurados un ahorro de unos 800 millones de euros”.
Hola, me dieron un golpe y la factura de la reparación con el IVA me dicen que tengo que pagar el IVA.
Ahora yo me niego a pagar porque no soy el culpable. ¿Que hago?
Soy autónomo taxista. Me dieron un golpe en el TAXI y la compañía mía que asume la reparación por convenio me exige el pago del IVA, al recoger el vehículo del taller.
¿Tengo yo que asumir el pago del IVA de una reparación de la cual no soy responsable? ¿Quién debe pagar ese IVA?
Hola, ejerzo de docente en un centro de FP y a los alumnos se les enseña la importancia del IVA. Quisiera que me aclarasen si la cuota que se paga a cualquier mútua de assistencia por sus servicios incluye dicho impuesto (21%)
Buenos días: (Seguro RC) Mi empresa al estar realizando unos trabajos de desbroce, rompimos la luna de un vehículo. Tenemos franquicia de 300€ y el arreglo no llega a esa franquicia, por lo que nos solicitan el pago de arreglo. Hemos solicitado factura a la aseguradora del perjudicado y nos dicen que «en estos casos, no emitimos facturas porque no se trata de una prestación de servicio, sino del pago por unos daños causados. Lo que emitimos es un Recibo de Recobro a su nombre en el que se indica que quedamos totalmente indemnizados y renunciamos a posteriores reclamaciones».
Esto no sé si es correcto, porque según creemos, la aseguradora se puede desgravar el IVA, por lo que entendemos que a nosotros sólo nos deberían reclamar el importe del arreglo SIN IVA.
Les queremos dar dos opciones, 1. que nos envíen factura a nuestro nombre y pagaríamos completa incluido el IVA o 2. que nos envíen recibo de recobro con el importe SIN IVA, ¿sería correcto? o ¿debemos aceptar su recibo de recobro?
Muchas gracias
Buenas tardes,
Hace un mas de un mes me dieron un golpe por detrás en una furgoneta que está a nombre de la empresa. Pregunté al seguro si me cubrían los gastos de alquiler de un vehículo mientras durase la reparación… su respuesta fue NO. Después de 20 días del siniestro me han llamado diciendo que ha pasado el perito y que se hacen cargo de la reparación. Pero que tiene que volver a pasar otra vez el perito. Además me comunican del taller que el iva lo debo asumir yo. He llamado a mi compañía y me dicen que es así y que no hay nada que reclamar. Les comenté que necesitaba la furgoneta para el trabajo, ya que no podía pasar mas tiempo sin ella porque me estaba produciendo un perjuicio económico. ¿Qué puedo hacer o reclamar? Muchas gracias!
Hola Amancio,
Te remitimos el enlace por si deseas asociarte y que los servicios jurídicos de la Asociación estudien tu caso y formulen las reclamaciones extrajudiciales que procedan en defensa de tus intereses https://aeaclub.org/asociate/
La asesoría jurídica es gratuita para los socios. Si sólo deseas resolver esta consulta puntual, sin asociarte, puedes utilizar el servicio «CONSULTA EXPRESS». https://aeaclub.org/consulta-express/
Un cordial saludo.
Hola, tengo un vehículo a todo riesgo sin franquicia, como propietario consta una empresa que ya está dada de baja y el tomador del seguro desde el primer día esta a nombre de persona física. Recientemente hemos echo un parte ya que tuvimos un percance, pasó el perito y se aceptó el arreglo.
A la hora de recoger el vehículo arreglado me reclaman el IVA a mi y no a la aseguradora ya que dicen que se debe de pagar porque el vehículo va a nombre de empresa pero no el seguro. ¿Es eso legal?
Hola Juan,
Revisa tu contrato y verifica si tienes aceptado que el propietario del vehículo, por ser empresa, deba asumir el IVA.
En caso contrario, reclama a tu aseguradora que lo pague. Un cordial saludo.
Hola, en mi caso han dado el vehículo por siniestro total. Mi pregunta es, el dinero que me dan, ya que no me pagan la reparación, ¿tengo que considerar que incluye iva? ¿O al ser una indemnización No?
Somos una empresa, y uno de nuestros vehículos a dado un golpe a un coche particular, los daños ascienden a 280€ importe que es inferior a la franquicia de nuestro Seguro. La aseguradora nos ha llamado indicando que como nuestro seguro no se hace responsable por el tema de la franquicia, entonces nosotros debemos pagar en su totalidad. Y siendo nosotros conscientes de que debemos pagar lo que costó la reparación, lo único que pedimos es que nos emitan una factura a nombre de nuestra empresa. La aseguradora del afectado nos dice que no nos pueden hacer llegar la factura que sería ilegal. ¿Es correcto lo que nos dicen?, Gracias
Hola Willy. Tienes que revisar tu seguro, ya que la franquicia se aplica normalmente sólo para el seguro de «Daños Propios», no en el seguro de responsabilidad civil, en cuyo caso no tenéis que pagar vosotros los daños causados al contrario.
Si deseas que nuestros asesores juridicos te asesoren en concreto, hazte socio de AEA y remítenos la documentación.
http://www.aeaclub.org/asociese
Si solo deseas resolver esta consulta puntual,sin asociarte, utiliza el servicio «Consulta Express”. https://aeaclub.org/consulta-express/
Un cordial saludo.
Soy autónomo transportista. Tengo en modo arrendamiento operativo dos camiones, un SINIESTRO ocurrido hace 1 mes (17.04.2018) la compañía del causante del SINIESTRO ha dado la conformidad y compromiso de pago, PERO EL TALLER DONDE VOY A REPARAR EL CAMIÓN ME DICE QUE TENGO QUE PAGAR EL IVA DE LA FACTURA, DEBO PAGAR EL IVA?? YO CONSIDERO QUE TIENE QUE PAGARLO LA CÍA. del VEHÍCULO QUE ME HA PERJUDICADO MI VEHÍCULO, gracias y consejo legal para este SINIESTRO, un saludo.
Hola Miguel Angel,
Como bien indicas, tienes derecho a que la aseguradora del responsable de tus daños te deje en la misma situación patrimonial que tenías antes del accidente, abonando la totalidad de la factura. Si deseas que nuestros servicios jurídicos te ayuden en la reclamación de tus derechos, hazte socio de AEA ( http://www.aeaclub.org/asociese ) y remítenos la documentación.
Un cordial saludo.
Me ocurre lo explicado en la noticia. Una persona me dio un golpe a un coche a nombre de empresa. Admiten totalmente la responsabilidad pero me piden asumir el IVA de la reparación al ser el propietario una persona jurídica (no así el tomador que es uno de los socios). La cuestión es, debo negarme entonces a firmar al taller la asunción del pago del IVA? En ese caso dicen no poder proceder a la reparación. Que debo hacer?
Gracias.
Hola Carmelo,
Como perjudicado del siniestro tienes derecho a que te abonen la totalidad de los daños y perjuicios causados. Si deseas que nuestra Asesoría Jurídica efectúe la reclamación en tu nombre para reclamar tus derechos, hazte socio de AEA. https://aeaclub.org/asociate/ Un cordial saludo.