Vivo en Valencia ciudad y tiempo atrás solicitamos al ayuntamiento el traslado de una zona de carga y descarga dentro de la misma calle hasta otra ubicación. La administración nos comunica que aceptaba el cambio pero que no se puede realizar por falta de presupuesto.
Respondemos que nosotros nos hacemos cargo de los cambios necesarios y el problema viene cuando la única opción que nos dan es que contratemos a la empresa que les suelen hacer las tareas de señalización (300€+IVA) sin posibilidad de elegir otra o hacerla nosotros mismos de forma acorde a las normas. ¿Es esto correcto? ¿Qué ley podemos alegar para poder elegir libremente la empresa que nos pinte las líneas o hacerlo nosotros mismos? ¿Cuál es la normativa que indica los requisitos de la señalización urbana y su mantenimiento?

AEA RESPONDE

El Art. 6 de la Ordenanza de Circulación del Ayuntamiento de Valencia prohíbe, salvo por causa debidamente justificada, la instalación, retirada, traslado o modificación de la señalización sin autorización del Ayuntamiento de Valencia. Por tanto, es en esa autorización del ayuntamiento donde deben figurar las condiciones para realizar el cambio de señalización, que es más un asunto de contratación de obras que de seguridad vial y por tanto, se excede de nuestro campo de asesoramiento.