Un recurso promovido por los servicios jurídicos de la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) ha abierto la posibilidad de recurrir no sólo las multas por acceder sin autorización a la “ZBEDEP Plaza Elíptica” sino también las impuestas en el resto de Zonas de Bajas Emisiones (Distrito Centro y M-30), porque “el acceso no permitido a las Zonas de Bajas Emisiones se debe sancionar como infracción leve y no como infracción grave”.
Una reciente sentencia cuestiona las multas de Plaza Elíptica
Según AEA, desde marzo de 2022 hasta julio de 2023 el consistorio madrileño habría impuesto de forma ilegal 1.188.785 multas por un importe aproximado de 237 millones de euros.

Una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Contenciso-Administrativo nº 34 de Madrid ha resuelto favorablemente el recurso promovido por los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) en defensa de uno de sus socios y ha anulado la multa de 200 € que el Ayuntamiento de Madrid le impuso por “acceder a la ZBEDEP Plaza Elíptica sin autorización” porque “no consta acreditada la correcta señalización de la zona” y porque el consistorio madrileño infringe el “principio de tipicidad” al no tener encaje la denuncia en el art. 76.z3 de la Ley de Seguridad Vial.
Hace dos años AEA denunció la deficiente señalización de Plaza Elíptica
Como se recordará, hace dos años AEA denunció públicamente que el Ayuntamiento de Madrid estaba sancionando injustamente a miles de conductores madrileños por una “confusa y deficiente señalización en la zona de bajas emisiones de Pza. Elíptica”. Denuncia que los responsables del Ayuntamiento de Madrid rechazaron manifestando que “cumplía con la normativa” y que “no estaban estudiando cambiarla”.
La inadecuada señalización indujo a error al conductor
Sin embargo, ahora el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid reconoce que la denuncia de AEA tenía fundamento, al recoger en el fundamento séptimo de la sentencia que: “De la documentación aportada no consta que la señalización de la zona advierta debidamente a los usuarios no sólo de la prohibición de acceso sin autorización sino, incluso, de la instalación de dispositivos de captación y transmisión de datos o imágenes.”
“Por lo que no constando acreditada la correcta señalización de la zona, ni la existencia de esos carteles informativos -indica la sentencia- cabe inferir que el recurrente actuó con la creencia de que podía acceder a la vía, y que desconocía que era de acceso restringido”.
La sanción impuesta también infringe el principio de tipicidad
Igualmente, la sentencia considera que la sanción de 200 € impuesta por el Ayuntamiento de Madrid infringe el principio de tipicidad ya que “el acceso no permitido a la ZBEDEP Plaza Elíptica se sancionará como infracción leve (…) y no como infracción grave”, tal y como establece la vigente Ordenanza de Movilidad.
“Y conviene recordar, de acuerdo con Jurisprudencia consolidada -añade la sentencia- que los errores cometidos por la Administración en la selección de los tipos no pueden ser subsanados por los órganos judiciales.”
“Procede, en consecuencia, estimar el presente recurso contencioso-administrativo y anular el acto administrativo impugnado, con todas las consecuencias legales inherentes a esta declaración” – concluye la resolución judicial.
Importante precedente judicial que abre la posibilidad de reclamar todas las multas impuestas en las ZBE
Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, esta sentencia “Constituye, no sólo, un importante éxito jurídico de su organización en la defensa de los derechos de los automovilistas injustamente sancionados por la deficiente señalización existente en la ZBEDEP Plaza Elíptica, sino que abre la posibilidad de recurrir también todas las multas de 200 € que el Ayuntamiento de Madrid está imponiendo por acceder sin permiso a otras zonas de bajas emisiones como Distrito Centro o la M-30.”
Según estimaciones de AEA, desde marzo de 2022 hasta setiembre de 2023 el consistorio madrileño habría impuesto de forma ilegal 1.188.785 multas por un importe aproximado de 237 millones de euros. Sanciones que podrían recurrirse en base al precedente judicial sentado por la reciente sentencia.
SERVICIO DE INFORMACION A CONDUCTORES AFECTADOS
Por ello, y con la finalidad de informar de sus derechos a los conductores afectados, AEA ha dispuesto un servicio de información a través de este formulario.
El ayuntamiento de Madrid me acaba de embargar por la cara 500 euros por dos multas que me pusieron en 2024, sin ni siquiera entrar en el centro, solo crucé Madrid para ir a Asturias. No dan opción a reclamación en las cartas que mandaban. Quiero hacer una denuncia colectiva de los afectados por este atraco a mano armada para luego dárselo a Quiron.
Soy residente y pago el IVTM en Fuenlabrada. Tengo dos vehículos con etiqueta A.
Recibí el 23/10/2025 notificaciones de multa por infracciones cometidas el 06/04/2025 y el 16/04/2025. ¿Puedo alegar defecto de forma por haber superado el plazo de 6 meses para la notificación, y solicitar la caducidad del procedimiento?
Soy vecino de Toledo. El día 23.12.2023 fui con mi coche a Madrid y aparqué en los alrededores de la Plaza Elíptica sin saber que no se podía con mi vehículo del año 1.999. Ahora, en octubre de 2025, he recibido una sorpresiva carta con una multa por valor de 250,51 euros (200+40 de apremio +6,25 +4,26 demora y costas). En OBSERVACIONES pone textualmente: «NOTIFICADO MEDIANTE ANUNCIO DE FECHA 30/07/2025» y he leído detrás, en la letra pequeña, donde pone; RECURSOS y y dice «Contra este acto no cabe recurso alguno» ¿Es esto cierto? ¿Tengo que pagar obligatoriamente?
Misma situacion aparentemente la infraccion fue cometida el 17-DIC-23, mas abajo dice «NOTIFICADO MEDIANTE ANUNCIO DE FECHA 30/07/2025″…… Total: 250.51
No se realmente desde cuando esta carta esta en mi buzon pero que me vengan dos años mas tarde y sin ningun tipo de foto ni nada con esta multa es cuanto menos sospechoso.
Bravo por AEA. Por la lucha contra el abuso que las administraciones hacen contra nuestros derechos como ciudadanos.