Durante los estados de alarma se dictaron dos normas para la revisión de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV):
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Orden Ministerial SND 413/2020:
Afectaba a los vehículos que tenían que pasar la ITV desde el 14-3-2020 al 20-6-2020. Se les daba 6 meses más de plazo para pasar voluntariamente la inspección, pero cuando lo hicieron se les ponía la fecha con carácter retroactivo. Es decir, si les vencía el 5-4-2020 y lo pasaban el 10-9-2020, se computaba el tiempo desde el 5-4-2020 al 5-4-2021 y no desde el 10-9-2020 al 10-9-2021.
Esta Orden del Ministerio de Sanidad fue recurrida por Automovilistas Europeos Asociados (AEA) ante el Tribunal Supremo, que ha estimado el recurso y ha ANULADO el recorte retroactivo de los plazos de inspección.
Por ello, si te encuentras afectado por este tema y estás asociado, desde AEA te podemos ayudar a pedir a las estaciones de ITV el cambio de fecha en la ficha técnica.
DOCUMENTACIÓN QUE NOS TIENES QUE ENVIAR
- Ficha técnica.
- Permiso de circulación.
- Informe favorable de la ITV.
- Tasas pagadas.
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Real Decreto-Ley 26/20210:
Esta norma decía lo mismo que la anterior, pero para los vehículos que tenían que pasar la revisión desde el 21-6-2020 al 31-8-2020. Se les permitió pasar la revisión “voluntariamente“ hasta el 30-11-2020, pero también se les ponía la fecha de caducidad retroactiva.
Este Real Decreto-Ley no se puede recurrir por cualquiera. Solo se puede recurrir por el Presidente de Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, los órganos ejecutivos de las Comunidades Autónomas, etc… Y NADIE LO RECURRIÓ, por lo que las fechas de ese periodo no se pueden reclamar en base a la actual sentencia del Tribunal Supremo.
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