Son numerosas las consultas que los servicios jurídicos de AEA están recibiendo acerca de los derechos que asisten a los automovilistas que, con motivo del CORONAVIRUS, no pueden afrontar o quieren desistir del contratos de renting que tienen suscrito. Y mediante estas lineas trataremos de darles una orientación
El Real Decreto que declara el estado de alarma regula la suspensión de plazos procesales y administrativos pero no ha previsto nada en materia de cumplimiento de obligaciones contractuales cuando se produce una causa de fuerza mayor como la que estamos viviendo. Por ello, en primer lugar habría que analizar el contrato de renting suscrito para ver si cabría la suspensión o resolución contractual.
En caso de que no se haya previsto nada al respecto, podría acudirse a la acción “rebus sic stantibus”. Esta figura permite que si las circunstancias que sirvieron de base al contrato hubieran cambiado de forma extraordinaria e imprevisible durante su ejecución, de manera que ésta se haya hecho excesivamente onerosa para una de las partes o se haya frustrado el fin del contrato, el contratante podrá pedir su resolución.
El Tribunal Supremo ha venido siendo muy cauteloso para reconocer esta regla, pero es evidente que ante la magnitud de la pandemia se cambie la doctrina jurisprudencial y se autorice a los consumidores, en casos como el actual, a plantear la modificación de las condiciones pactadas en el contrato, su suspensión e incluso, en caso de imposibilidad, la resolución del mismo.
Entre tanto, nuestro consejo es que negocie con la empresa de renting una solución pactada y, caso de que ello no fuera posible, comunique fehacientemente la imposibilidad material de utilizar el vehículo, poniéndolo a su disposición para que procedan a su retirada.
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Buenos días, he firmado un contrato de renting para un coche nuevo antes del estado de alarma . En principio el vehículo me lo entregarían hacia finales de Abril , pero ahora se alarga el tiempo. He pedido a la compañía de renting la cancelación del contrato pero ellos como hay una cláusula que obliga a pagar el 20% del precio franco fabrica en caso de cancelación, me proponen como alternativa entregar el vehículo mas tarde , en Octubre. Hay alguna forma debido a la situacion de cancelarlo?
Gracias
Buenos días, quería preguntar primero antes de hacerme socia, tengo un coche de renting y otro mio, si me hago socia ¿puedo hacerlo con el personal que es el que es de mi propiedad, pero que la consulta es sobre el que tengo en renting actualmente ya que soy autónoma con el negocio cerrado y no puedo pagar las cuotas? Gracias